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martes, 16 de diciembre de 2014

Providencia que ordena vender edificios arrendados por 20 años o más


En fecha 28 de Marzo de 2014 fue publicada en la Gaceta Oficial 40.382, la Providencia que ordena vender edificios arrendados por 20 años o más.

En esta Providencia se establecen las Normas para que los propietarios y arrendadores de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias.

Los "propietarios, propietarias, arrendadores y arrendadoras de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores" deberán ofertar los inmuebles a sus inquilinos en un lapso no mayor de 60 días a partir del 31 de marzo de 2014.

"El propietario, propietaria, arrendador o arrendadora de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores que no dé cumplimiento a lo establecido en la presente Providencia Administrativa será multado con Dos Mil Unidades Tributarias (2.000 U.T.) por cada unidad de vivienda que no oferte, multa que deberá cancelar en un lapso de cinco días hábiles una vez se determine el incumplimiento".

Si hay una reiteración del incumplimiento de la orden de ofertar los inmuebles, los mismos podrán ser objeto de un embargo ejecutivo.

El propietario para "solicitar el Justo Valor deberá hacerlo por escrito ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda y su escrito deberá estar acompañado":  Contrato de Arrendamiento o Justificativo de Testigo que demuestre Relación de Arrendamiento; Certificado de haber cumplido con la inscripción en el Registro Nacional de Arrendamiento; Planilla de características del inmueble; Documento de condominio del edificio; Documento de propiedad del inmueble; Permiso de habitabilidad o permiso de construcción del inmueble; fotografías de las cuatro fachadas, de los ascensores, de los ductos de basura, de las escaleras de acceso a cada piso, de los bajantes de basura, de los sótanos, de los tanques de aguas blancas, de los jardines y en general de las áreas comunes, en papel fotográfico no mayor a dos meses de la fecha de su presentación.


Es importante a leer la Providencia con detenimiento a fin de conocer su alcance y conocer su aplicación sobre los inmuebles que afecta.

http://www.tsj.gov.ve/gaceta/marzo/2832014/2832014-3947.pdf

 En este link de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela se ofrece más información sobre esta Providencia:

http://www.camarainmobiliaria.org.ve/articles/7224

  Les recomendamos asesorarse con un Abogado Especializado en el Area Inmobiliaria antes de realizar cualquier gestión sobre los inmuebles que afecta esta Providencia o sobre cualquier otro aspecto en materia inmobiliaria.