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lunes, 15 de abril de 2013

Aumento monto del crédito para Vivienda Principal


A partir del 02/04/13 circuló en Gaceta Oficial N°40137 la normativa que desde esa fecha regirá el otorgamiento de créditos para adquisición, autoconstrucción, mejoras o ampliación de la vivienda principal. En dicha Gaceta el Ministerio de Vivienda y Hábitat aumentó el monto del crédito para la obtención de vivienda con recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda.

El monto máximo de financiamiento para vivienda, de acuerdo con el artículo 5, será Bs. 350.000, lo que se traduce en un incremento de 29,6% (antes el préstamo máximo era Bs. 270.000).



También aumentó el monto que se otorgará (del mismo fondo) por concepto de ampliación de vivienda principal. A partir de ahora será Bs. 140.000. En lo que se refiere a la autoconstrucción de vivienda principal, la medida establece que se concederá Bs. 205.000, mientras que para mejoras se podrá destinar hasta Bs. 84.000.  Los créditos para la compra de vivienda principal podrán cancelarse en un plazo máximo de 30 años y con cuotas mensuales no mayores de 35% del ingreso integral total familiar mensual.

En cuanto a los préstamos para autoconstrucción, la Gaceta Oficial indica que deberán pagarse en un máximo 20 años; mientras que los destinados a ampliación de vivienda principal en no más de 15 años, y los créditos para mejoras en un plazo no más allá de 10 años.

Los subsidios: La resolución de la cartera de vivienda también establece nuevas especificaciones para los casos de subsidio. Uno de los cambios es que el beneficio sólo será para las familias que lo soliciten expresamente en el Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat, según el artículo 6 de la disposición.
En este caso las familias interesadas deben devengar un ingreso total mensual entre 1 y 4 salarios mínimos. “Se aplicará a las solicitudes de crédito para la adquisición de vivienda principal, cuyo valor no supere Bs. 350.000”, dice el artículo 7.
“El subsidio directo habitacional se otorgará en 100% del valor de la vivienda, sólo en casos especiales de solicitudes de crédito con ingreso integral total familiar mensual menor a un salario mínimo, que opten a la adquisición de viviendas construidas por el sector público”, establece el artículo 8.
La resolución indica que el subsidio será temporal y llegará hasta un máximo de Bs. 270.000.
Para optar a los créditos para la adquisición, autoconstrucción, ampliación o mejoras, los solicitantes deben tener como mínimo cinco años sin haber recibido recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda.
 
 
Carolina Chacín Lorenzo

Director RE/MAX Venezuela